Muchas personas tienen la duda de si les corresponde algún pago al renunciar voluntariamente a su empleo. La respuesta es SÍ. Aunque no sea un despido injustificado, tienes derecho a ciertas prestaciones irrenunciables.
Aquí te explico brevemente qué debe incluir tu pago:
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Días trabajados: El pago de los días que laboraste en el último periodo antes de tu renuncia.
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Aguinaldo proporcional: La parte del aguinaldo que acumulaste desde el 1 de enero hasta tu último día.
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Vacaciones no disfrutadas: Si tenías días de vacaciones pendientes, deben pagártelos.
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Prima vacacional: El 25% (mínimo legal) sobre el pago de tus vacaciones proporcionales.
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Prima de antigüedad: (Ojo: solo si trabajaste más de 15 años en la empresa, aunque en algunos casos de conciliación se puede negociar).
Consejo legal: Nunca firmes una "hoja en blanco" ni un documento de renuncia sin que antes te entreguen el desglose de cuánto te van a pagar.
¿Tienes dudas sobre tu cálculo? Deja tu comentario abajo indicando tu fecha de ingreso, fecha de salida y tu sueldo mensual bruto, y con gusto te ayudaremos con una estimación general.
Puedes usar la calculadora de indemnizacion laboral. INGRESAR
